Tribunal Electoral de Quintana Roo
    20 de Febrero de 2014

Puebla, 20 de febrero.- El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo Víctor Venamir Vivas Vivas, participo en el seminario “Candidaturas Independientes: Desafíos y Propuestas”, evento de análisis comparativo en materia de candidaturas independientes, figura constitucional que a partir de la reforma publicada el 8 de agosto de 2012 en el Diario Oficial de la Federación queda firme, misma prerrogativa que también se legisla en Quintana Roo mediante Decreto número 199, de la H. XIII Legislatura, de fecha 6 de diciembre de 2012, y la reforma a la Constitución local y a la Ley Electoral de Quintana Roo, en cuyo Título Sexto se contempla, tal y como lo subrayó el Magistrado Vivas Vivas en una parte de su exposición.

Este evento reunió a especialistas de distintos órganos electorales federales y estatales, legisladores del Congreso de Puebla, estudiantes, académicos e investigadores, en diferentes mesas de trabajo desarrolladas en el campus de la Universidad Iberoamericana Puebla.

Fue organizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a través del Centro de Capacitación Judicial Electoral, en coordinación con el Departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Iberoamericana Puebla (UIP).

Durante su exposición en la mesa “Experiencias recientes en México 2013”, el Magistrado Vivas Vivas desarrollo un marco histórico constitucional, contemplado ordenamientos internacionales derivados de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de Leyes en la materia que en México rigieron desde 1911 pero que en una reforma de 1946 se estableció como potestad de los partidos políticos.

Destacó que uno de los artículos que nuestra presente Constitución Política Federal tiene es el 35 numeral II y que a partir de ahí, la reforma estableció, en el Artículo Tercero Transitorio, que los Congresos de las entidades federativas, así como la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberían realizar las adecuaciones necesarias a su legislación secundaria, para hacerlas acorde a las derivadas de la reforma constitucional federal

En este sentido, acotó: La reforma a la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, modificó los artículos 41, 49 y 135 referentes a la creación y regulación de las candidaturas independientes.
El artículo 41 señala que son prerrogativas de los ciudadanos Quintanarroenses, poder ser votado para todo cargo de elección popular teniendo las calidades que establezca la ley.

Refiere además que el derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación.

El artículo 49 especifica que los ciudadanos que soliciten su registro a candidatos independientes en el proceso electoral podrán únicamente contender por un puesto por el principio de mayoría relativa, es decir, únicamente podrán registrarse candidatos independientes para la elección de Gobernador, Diputados de Mayoría Relativa y miembros de los Ayuntamientos; en este último caso, solo podrán llegar a ocupar el cargo los ciudadanos que integren la planilla si obtienen el triunfo en las urnas, pues de lo contrario, no podrán tener acceso al reparto de regidurías por el principio de Representación Proporcional.

Y al artículo 135 se le agregó un cuarto párrafo que señala que la Ley Electoral de Quintana Roo establecerá los términos y requisitos que deberán satisfacer los ciudadanos que pretendan ser registrados como candidatos independientes a los Ayuntamientos.

Vivas Vivas apuntó que en el pasado proceso electoral de 2013, la participación de los ciudadanos como candidatos independientes fue muy baja, y aquellos que lograron inscribirse como tal, no recibieron ni siquiera el 2% de la votación de la elección en la que compitieron.

En algunos distritos electorales o municipios, dijo, se tuvo que declarar desierto el proceso de selección de candidatos independientes, toda vez que la o las personas inscritas como aspirantes, no cumplieron con el requisito de obtener el respaldo del 2% de los electores de la circunscripción respectiva.

Con estos antecedentes, enfatizó que hoy en día los partidos políticos gozan de estructuras bien organizadas, un cuadro de militantes que les representa el llamado “voto duro”, y que en su conjunto superan, y por mucho, a los simpatizantes de los ciudadanos apartidistas.

Sin embargo, destacó que aún y con el resultado anterior, Quintana Roo es pionero en la implementación de las Candidaturas Independientes, ya que es el primer Estado en poner en práctica esta nueva figura, en el pasado Proceso Electoral Local Ordinario 2013.

El su análisis, presentado en la mesa de trabajo moderada por el Consejero Electoral del Instituto Electoral del Estado de Puebla, José Luís Martínez López, el Magistrado Vivas apuntó “son muchos los juicios para la protección de los derechos político electorales que han sido desechados en nuestro País, negando el registro de candidaturas independientes, bajo el argumento de que no existe la legislación secundaria que las regule. Sin embargo, la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 abre la puerta a un nuevo paradigma”.

Señalando que “en efecto, toda vez que el derecho al voto pasivo es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Federal y diversos instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano, tales como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José); de acuerdo al artículo 1 constitucional, en el momento en que dicho derecho se vea afectado, las autoridades (en este caso electorales) estamos obligadas a procurar, a través del control de constitucionalidad y de convencionalidad, la protección más amplia de acuerdo con el principio pro personae.

Por lo cual, estableció “resulta ineludible garantizar las condiciones de equidad en la competencia electoral y que esta se refleje de manera positiva en el contexto del proceso democrático para todos los contendientes”.

 

Durante su exposición, el Magistrado Vivas estuvo acompañado por el moderador Doctor Juan Luís Hernández Avendaño, director de Ciencias Sociales de la Ibero Puebla.

Al Concluir el tema en la mesa de “Experiencias recientes en México 2013”, al Magistrado Vivas Vivas le fue entregado un reconocimiento por parte de los organizadores, representados por la Magistrada Claudia Barbosa del TE de Puebla y el Dr. Juan Luís Hernández Avendaño, director de Ciencias Sociales de la Ibero Puebla.

Poster del evento “Candidaturas Independientes: Desafíos y Propuestas”. Realizado en el campus de la Universidad Iberoamericana Puebla.


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