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Tribunal Electoral de Quintana Roo |
En la ciudad de Chetumal Quintana Roo, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil siete, el suscrito Licenciado Luis Alfredo Canto Castillo, Jefe de la Unidad de Legislación y Jurisprudencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en funciones de Secretario General de Acuerdos, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, doy cuenta al Magistrado Presidente del oficio SG/386/07, de fecha veintinueve de diciembre del año en curso, recepcionado por la Oficialía de Partes de éste Tribunal en la misma fecha, suscrito por el Licenciado Jorge Elrod López Castillo, Secretario General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual remite el expediente IEQROO/JDCQ/019/07, en virtud de la interposición del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano Quintanarroense, presentado por el Ciudadano Josué Armando Coronado Arceo, ante el Consejo Distrital VIII perteneciente al municipio de Cozumel, Quintana Roo, con fecha trece de diciembre de dos mil siete, mismo que fue remitido al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, con fecha veintisiete de diciembre de dos mil siete.- Conste. Chetumal, Quintana Roo, a veintinueve de diciembre del año dos mil siete.VISTO: Lo de cuenta, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado Acuerda: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 fracción II, párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 36 fracción I de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 3, 4, 5, 15, 28 fracción II y XVIII de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Quintana Roo; 7, 10 fracción I, 23 y 24 del Reglamento Interior de éste Organismo; se designa como Juez Instructor de dicho medio de impugnación al Magistrado Supernumerario Oscar Efraín Navarrete Canto, para que proceda a verificar que el escrito que contiene el medio de impugnación recepcionado, cumpla con los requisitos y términos previstos por la ley de la materia; de ser procedente, díctese el auto admisorio para los efectos de su substanciación. Agréguese a sus autos el escrito original y demás documentación exhibida, para que obren como legalmente correspondan en el expediente formado con motivo del presente Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense, registrado bajo el numero JDC/024/2007.- Notifíquese y cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, ante el Licenciado Luis Alfredo Canto Castillo, Secretario General de Acuerdos en funciones, que autoriza y da fe.- Conste. |
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