Tribunal Electoral de Quintana Roo

En la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil siete, el suscrito Licenciado Cesar Cervera Paniagua, Secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral de Quintana Roo, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del reglamento interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, doy cuenta al Magistrado Presidente de la siguiente documentación: oficio numero JLE/VE/1113/07, remitido por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en Quintana Roo del Instituto Federal Electoral, Licenciado Abraham Güemez Castillo, de fecha quince de noviembre del año en curso.- Conste.

Chetumal, Quintana Roo, a los quince días del mes de Noviembre del año dos mil siete. VISTO: El oficio de cuenta, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, acuerda: Téngase por recibido el oficio remitido a esta autoridad, por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en Quintana Roo del Instituto Federal Electoral, Licenciado Abraham Güemez Castillo, de fecha quince de noviembre del año en curso. Agréguese a los autos el oficio de cuenta, para los efectos legales correspondientes. Asimismo y toda vez que habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para que el partido impugnante hubiese interpuesto el Juicio de Revisión Constitucional en contra del fallo emitido por éste Tribunal con fecha nueve de Noviembre del presente año, el mismo ha adquirido definitividad. En tal virtud, téngase el presente Juicio de Inconformidad como asunto totalmente concluido, en consecuencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, juntamente con el Magistrado supernumerario Oscar Efraín Navarrete Canto, quien actúa como Juez Instructor, ante el Secretario General de Acuerdos, Licenciado Cesar Cervera Paniagua, que autoriza y da fe.- Conste.


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