Tribunal Electoral de Quintana Roo

En la Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil siete, el suscrito Licenciado César Cervera Paniagua, Secretario General de Acuerdos, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, da cuenta al Magistrado Presidente, de un escrito presentado el día siete de septiembre del año en curso, suscrito por el Licenciado Eduardo Martínez Arcila, representante propietario del Partido Político Acción Nacional, ante el Instituto Electoral de Quintana Roo, compareciendo como tercero interesado en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral, promovido por Armando Miguel Palomo Gómez en su calidad de representante propietario del Partido Político Nueva Alianza, ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, en contra de la resolución pronunciada por este Tribunal Electoral de Quintana Roo, con fecha veintiocho de agosto del año en curso, en los autos del expediente JIN/003/2007. Conste.


Chetumal, Quintana Roo, diez de septiembre de dos mil siete. VISTO: el escrito de cuenta relacionado con el cuadernillo JRC/002/2007, formado y registrado en este Tribunal con motivo de la interposición del Juicio de Revisión Constitucional, promovido por Armando Miguel Palomo Gómez en su calidad de representante propietario del Partido Político Nueva Alianza, ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, en contra de la resolución pronunciada por este Tribunal Electoral de Quintana Roo, con fecha veintiocho de agosto del año en curso, en los autos del expediente JIN/003/2007, al respecto se ACUERDA: Téngase por presentado al Licenciado Eduardo Martínez Arcila, representante propietario del Partido Político Acción Nacional, ante el Instituto Electoral de Quintana Roo, compareciendo como tercero interesado en dicho Juicio de Revisión Constitucional Electoral. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, procédase a dar aviso vía fax a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de la comparecencia del tercero interesado y, sin dilación alguna, remítase a esa superioridad el escrito del tercero interesado mediante el cual formula los alegatos que a su derecho corresponde. Asimismo, infórmese que siendo las once horas del día diez del mes y año que transcurre, concluyó el término de setenta y dos horas para que el o los terceros interesados comparecieran al presente Juicio de Revisión Constitucional Electoral. Notifíquese y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Ciudadano Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe Licenciado César Cervera Paniagua. DOY FE.


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