Chetumal,
Quintana Roo, a los quince días del mes de Enero del año
dos mil ocho.
VISTOS. Los autos del expediente JIN/023/2007, formado con motivo
del Juicio de Inconformidad interpuesto por el Ciudadano Jorge
Virgilio Domínguez Cedeño, en su carácter de Coordinador
Estatal provisional del partido Alternativa socialdemócrata, en contra
del acuerdo de fecha veintitrés de diciembre del año dos mil
siete, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de
Quintana Roo;
y toda vez que habiendo transcurrido el plazo que establece el
artículo
8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral, para que el partido impugnante hubiese interpuesto el
Juicio de Revisión Constitucional en contra del fallo emitido por éste
Tribunal con fecha diez de enero del año en curso; al respecto se
acuerda: Téngase el presente Juicio de Inconformidad como asunto
totalmente concluido, en consecuencia, se ordena el archivo definitivo
del presente expediente.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo
proveyó y firma el Maestro Francisco Javier García Rosado,
Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo juntamente
con el Magistrado Supernumerario, quien actúa como Juez Instructor,
Licenciado Oscar Efraín Navarrete Canto, ante el Secretario General
de Acuerdos, Licenciado César Cervera Paniagua, que autoriza y da
fe.
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