Tribunal Electoral de Quintana Roo

En la Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil ocho, el suscrito Licenciado César Cervera Paniagua, Secretario General de Acuerdos, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, da cuenta al Magistrado Presidente, de dos escritos, el primero, presentado a las doce horas con cincuenta y un minutos del día veinticuatro de enero del año en curso, suscrito por el ciudadano Eduardo Lorenzo Martínez Arcila en su calidad de representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Instituto Electoral de Quintana Roo; y el segundo, presentado a las catorce horas con cuarenta y tres minutos del veinticuatro del propio mes y año, suscrito por la ciudadana Rosa María Serrano Rodríguez en su calidad de candidata a Diputada Local propietaria numero uno en la lista de candidatos a Diputados por el principio de representación proporcional en el Estado presentada por el Partido Acción Nacional, ambos acompañados de anexos en copia certificada. Conste.

Chetumal, Quintana Roo, veinticinco de enero de dos mil ocho. VISTOS: los escritos de cuenta relacionados con el cuadernillo JDC/001/2008, formado con motivo del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, promovido por el ciudadano Bernardo Noe Gutiérrez Rosado, en contra de la sentencia dictada por este Tribunal con fecha diecisiete de enero de dos mil ocho, en los autos del expediente JDC/022/2007, se ACUERDA: Téngase por presentados a los ciudadanos Eduardo Lorenzo Martínez Arcila en su calidad de representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Instituto Electoral de Quintana Roo y Rosa María Serrano Rodríguez en su calidad de candidata a Diputada Local propietaria numero uno en la lista de candidatos a Diputados por el principio de representación proporcional en el Estado presentada por el Partido Acción Nacional, compareciendo como terceros interesados en el precitado Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, remítase a la Honorable Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los escritos por el que los terceros interesados formulan los alegatos que a su derecho corresponde; asimismo, infórmese que siendo las veintiún horas con veinticinco minutos del día veinticuatro de enero del año que transcurre, concluyó el término de setenta y dos horas para que el o los terceros interesados comparecieran al presente Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Ciudadano Magistrado Presidente Maestro Francisco Javier García Rosado, juntamente con el Magistrado Supernumerario, Licenciado Oscar Efraín Navarrete Canto, actuando como Juez Instructor, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado Cesar Cervera Paniagua.- DOY FE.


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