Chetumal,
Quintana Roo, a los veinticinco días del mes de Enero del año
dos mil ocho.
VISTOS. Los autos del expediente JDC/025/2007, formado con motivo
del Juicio para la protección de los derechos político-electorales
del ciudadano quintanarroense, interpuesto por el Ciudadano JOSÉ ROMÁN
PIÑA PAT, en contra de la notificación personal del día
veintisiete de diciembre del año dos mil siete del acuerdo dictado
por el Consejo Distrital X del Instituto Electoral de Quintana
Roo, por medio del cual se resuelve respecto a la solicitud de
registro como candidato
independiente a presidente municipal formulada por el impugnante;
y toda vez que habiendo transcurrido el plazo establecido en el
artículo
8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral, para que el actor interponga recurso alguno ante la
Instancia Federal en contra del fallo emitido por éste Tribunal con
fecha diecisiete de enero de dos mil ocho; al respecto se acuerda:
Téngase
el presente Juicio de para la protección de los derechos político-electorales
del ciudadano quintanarroense como asunto totalmente concluido,
en consecuencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.-
Notifíquese
y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Maestro Francisco
Javier García Rosado, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral
de Quintana Roo juntamente con la Magistrada Supernumeraria, quien
actúa
como Juez Instructor, Licenciada Martha Patricia Fernández, ante
el Secretario General de Acuerdos, Licenciado César Cervera Paniagua,
que autoriza y da fe.
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