Chetumal,
Quintana Roo, a los treinta y un días del mes de enero del año
dos mil ocho.
VISTOS.- Los autos del expediente JDC/001/2008, formado con motivo
del Juicio para la protección de los derechos político-electorales
del ciudadano quintanarroense, interpuesto por los Ciudadanos Mario
Eduardo Chuc Aguilar, María del Rosario Bautista Hernández,
Carlos Antonio Sabido Torres, Gloria Beatriz Villanueva Vega, José Galván Ávila,
Saúl Echazarreta Mis, José Manuel Pat Tuk, Filiberto Ek Chan,
Pedro Daniel Che Ciau, José Antonio Maldonado Canche, Sergio Salazar
Varela, Vicente Tuz Nah, Ofelio Guatemala Bienpica, Jorge Manuel
Poot Ku, Elsy María Vasquéz Aviles y Marcelino Moo Pat, en
el cual impugnan la falta de notificación sobre la procedencia del
registro de candidatos a Presidente Municipal, Sindico y Regidores
del Municipio de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo; y toda vez que habiendo
transcurrido
el plazo establecido en el artículo 8 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para que los inconformes
interpusieran recurso alguno ante la Instancia Federal, en contra
del fallo emitido por éste Tribunal con fecha veintitrés de
enero de dos mil ocho; al respecto se acuerda: Téngase el presente
Juicio para la protección de los derechos político-electorales
del ciudadano quintanarroense como asunto totalmente concluido,
en consecuencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.-
Notifíquese
y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Maestro Francisco
Javier García Rosado, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral
de Quintana Roo juntamente con la Magistrada Supernumeraria, quien
actúa
como Juez Instructor, Licenciada Martha Patricia Fernández, ante
el Secretario General de Acuerdos, Licenciado César Cervera Paniagua,
que autoriza y da fe.
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