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Tribunal Electoral de Quintana Roo |
En la ciudad de Chetumal Quintana Roo, a los doce días del mes de febrero del año dos mil ocho, el suscrito Licenciado César Cervera Paniagua, Secretario General de Acuerdos, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, doy cuenta al Magistrado Presidente del oficio numero CDE-XIV-057/08, de fecha once de febrero de dos mil ocho y decepcionado por la oficialía de partes de este Tribunal con fecha doce del mismo mes y año, suscrito por los ciudadanos Javier Emiliano Solís Martínez y Víctor Mateo Pech Uex, Consejero Presidente y Vocal Secretario ambos del Consejo Distrital Electoral XIV del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual remiten el expediente original, en virtud de la interposición del Juicio de Nulidad, presentado ante ese órgano electoral a las veintidós horas con veintidós minutos del día nueve de febrero del año en curso, por el Ciudadano Jesús Ricardo Ancona Argaez, en su carácter de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional; mediante el cual impugna los resultados contenidos en el acta de escrutinio y cómputo distrital, por violaciones en el procedimiento de cómputo y por nulidad de la votación recibida en diversas casillas; la declaración de validez de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa; y el otorgamiento y la entrega de la constancia de mayoría expedida a favor de la formula de candidatos del Partido Acción Nacional en el Distrito XIV, con cabecera en Isla Mujeres, Quintana Roo.- Conste. Chetumal, Quintana Roo, doce de febrero del año dos mil ocho. VISTO: Lo de cuenta, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, acuerda: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 fracción II, párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 36 fracción I de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 3, 4, 5, 15, 28 fracción II y XVIII de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Quintana Roo; 7 y 23 del Reglamento Interior de éste Organismo; se designa por razón de turno como Juez Instructor de dicho medio de impugnación a la Magistrada Supernumeraria Licenciada Martha Patricia Fernández, para que proceda a verificar que el escrito que contiene el medio de impugnación recepcionado, cumpla con los requisitos y términos previstos por la ley en la materia. Agréguese a sus autos el escrito original y demás documentación exhibida, para que obren como legalmente correspondan en el expediente formado con motivo del presente Juicio de Nulidad, registrado bajo el número JUN/001/2008.- Notifíquese y cúmplase. Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado, Maestro Francisco Javier García Rosado, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado C ésar Cervera Paniagua.- DOY FE. |
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