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Tribunal Electoral de Quintana Roo |
En la ciudad de Chetumal Quintana Roo, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil ocho, el suscrito Licenciado César Cervera Paniagua, Secretario General de Acuerdos, conforme a lo que establece la fracción IX del artículo 12 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de Quintana Roo, da cuenta al Magistrado Presidente del oficio numero DXV-560 de fecha trece de febrero de del año dos mil ocho, recibido en la Oficialía de Partes de este Tribunal, suscrito por el ciudadano Wilberth de Jesús Mena Canul Vocal Secretario del Consejo Distrital numero XV del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual remite el expediente original del Juicio de Nulidad interpuesto por el Ciudadano Richard Aguilar Cámara, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante ese órgano electoral, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del día de doce de febrero del año en cruso, mediante el cual impugna la negativa del Consejo Distrital XV de repetir el escrutinio y cómputo de las casillas 284 básica, 284 contigua uno, 285 básica, 286 contigua uno, 286 contigua dos, 288 básica, 290 extraordinaria uno, 291 básica y 296 extraordinaria uno, sobre la elección de Ayuntamiento del Municipio de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, emitida por dicho Consejo en sesión permanente de fecha diez de febrero del año en curso.- Conste. Chetumal, Quintana Roo, catorce de febrero del año dos mil ocho. VISTO: Lo de cuenta, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, Maestro Francisco Javier García Rosado, acuerda: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 fracción II, párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 36 fracción I de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 3, 4, 5, 15, 28 fracción II y XVIII de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Quintana Roo; 7 y 23 del Reglamento Interior de éste Organismo; se designa por razón de turno como Juez Instructor de dicho medio de impugnación al Magistrado Supernumerario Licenciado Oscar Efraín Navarrete Canto, para que proceda a verificar que el escrito que contiene el medio de impugnación recepcionado, cumpla con los requisitos y términos previstos por la ley en la materia. Agréguese a sus autos el escrito original y demás documentación exhibida, para que obren como legalmente correspondan en el expediente formado con motivo del presente Juicio de Nulidad, registrado bajo el número JUN/004/2008.- Notifíquese y cúmplase. Así lo proveyó y firma el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado, Maestro Francisco Javier García Rosado, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado César Cervera Paniagua.- DOY FE. |
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