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Tribunal Electoral de Quintana Roo |
En la ciudad de Chetumal, Quintana Roo, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil ocho, el suscrito Licenciado Martha Patricia Fernández, Magistrada Supernumeraria actuando como juez instructor, da cuenta al Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, del escrito de fecha 14 de febrero de dos mil ocho, con número CDIV/567/08, suscrito por la Ciudadana Hallal Hernández Solana, en su carácter de Vocal Secretario del IV Consejo Distrital del Instituto Electoral de Quintana Roo, constante de cuatro fojas útiles y cuarenta y siete anexos, por medio del cual se da cumplimiento en tiempo y forma el requerimiento impuesto por esta autoridad electoral.- Conste. Chetumal, Quintana Roo, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil ocho. VISTOS.- Lo de cuenta y el estado que guardan los autos del expediente JUN/003/2008, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, ACUERDA: Con fundamento en los artículos 35, fracción V, Inciso D), 38 y 39, de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral, téngase por cumplimentada por parte de la Ciudadana Hallal Hernández Solana, en su carácter de Vocal Secretario del IV Consejo Distrital del Instituto Electoral de Quintana Roo, el requerimiento efectuado por esta autoridad jurisdiccional; consecuentemente, agréguese a los autos del expediente JUN/003/2008, el escrito de cuenta y sus anexos remitidos para los efectos legales correspondientes. Seguidamente, en términos de los artículos 15 y 16 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral, téngase por admitidas por parte de la Autoridad Responsable las siguientes pruebas: I. DOCUMENTALES, consistentes en las Hojas de Incidentes y Escritos de Protesta que forman parte del expediente electoral integrado en las casillas correspondientes al IV Distrito Electoral con motivo de la jornada electoral de fecha tres de febrero de dos mil ocho para la elección de Diputados por Mayoría Relativa, mismas que se agregan a los autos y se dan por reproducidos en este apartado como si se insertasen a la letra, constante de cuarenta y siete fojas útiles, escritas en el anverso, remitidas por el IV Consejo Distrital del Instituto Electoral de Quintana Roo. Por lo que no habiendo alguna diligencia por practicar ni otro elemento de prueba por desahogar, con fundamento en lo dispuesto por artículo 36 fracción III de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral. SE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN encontrándose el expediente debidamente integrado y en estado de resolución. En observancia a lo previsto en los artículos 23 y 24 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral, túrnese el presente expediente al Magistrado de Numero Licenciado Carlos José Caraveo Gómez, a efecto de formular el proyecto de resolución correspondiente, a fin de que sea discutido y aprobado, en su caso, por el Honorable Pleno de este Tribunal. Notifíquese por estrados de conformidad con los artículos 54, 55, 58 y 60 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación y de igual manera publíquese el presente acuerdo en la página de Internet que tiene este Tribunal. Cúmplase. Así lo proveyó y firma el Ciudadano Magistrado Presidente Maestro Francisco Javier García Rosado, juntamente con la Magistrada Supernumeraria actuando como Juez Instructor Licenciada Martha Patricia Fernández, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe. DOY FE. |
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