Chetumal,
Quintana Roo, a los seis días del mes de febrero del año
dos mil ocho. VISTOS: Los autos del expediente RR/001/2008 integrado
con motivo del Recurso de Revocación promovido por la Ciudadana
Silvia del Carmen Piña Gómez, en su calidad de representante
propietario ante el Consejo Distrital numero VIII con sede en
Cozumel, Quintana Roo, en contra del acuerdo aprobado por dicho órgano
electoral en Sesión Extraordinaria de fecha treinta y uno de enero
del año
en curso, mediante el cual impugna la designación de los CC. Diego
Roberto Lezama Mena y Reina Angélica Salazar Lorenzo, como asistentes
electorales para la jornada electoral a celebrarse el domingo
tres de febrero del año dos mil ocho; al respecto SE ACUERDA: De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Estatal
de Medios de Impugnación en Material Electoral, toda vez que el
Recurso de Revocación se interpuso durante los cinco días
anteriores al de la jornada electoral, se reserva su admisión y
consecuente sustanciación para que en su momento procesal oportuno,
se resuelva juntamente con los juicios que guarde relación.- Notifíquese
y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Ciudadano
Magistrado Presidente, Maestro Francisco Javier García Rosado,
juntamente con el Magistrado Supernumerario actuando como Juez
Instructor Licenciado Oscar Efraín Navarrete Canto, ante el Secretario
General de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado Cesar Cervera Paniagua.-
DOY FE.
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