Tribunal Electoral de Quintana Roo

Chetumal, Quintana Roo, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho. VISTOS: Los autos del expediente RR/003/2008 integrado con motivo del Recurso de Revocación promovido por el ciudadano Julián Lara Maldonado, en su calidad de representante propietario ante el Consejo Distrital numero XI con sede en Cancún, Quintana Roo de la Coalición “Con la Fuerza de la Gente”, en contra del acuerdo aprobado por dicho órgano electoral en sesión extraordinaria de fecha once de enero del año en curso, mediante el cual impugna la ubicación de la casilla sesenta y ocho básica y contigua uno, al respecto SE ACUERDA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Material Electoral, toda vez que el Recurso de Revocación se interpuso durante los cinco días anteriores al de la jornada electoral, se reserva su admisión y consecuente sustanciación para que en el momento procesal oportuno, se resuelva juntamente con los juicios que guarde relación.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Ciudadano Magistrado Presidente, Maestro Francisco Javier García Rosado, juntamente con el Magistrado Supernumerario actuando como Juez Instructor Licenciado Oscar Efraín Navarrete Canto, ante el Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciado Cesar Cervera Paniagua.- DOY FE.


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