Chetumal,
Quintana Roo, a los siete días del mes de febrero del año
dos mil ocho.
VISTOS.- Los autos del expediente JIN/001/2008, formado con motivo
del Juicio de Inconformidad, interpuesto por la ciudadana Irma
Y. Oxte Tah en su calidad de representante de la coalición “Con
la Fuerza de la Genete”, en el cual impugnan el acuerdo emitido
por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo el día
veinticuatro de enero del año en curso, por medio del cual se aprueban
diversas solicitudes de acreditación de ciudadanos para participar
como observadores electorales, en el proceso electoral ordinario local
dos mil siete dos mil
ocho; y toda vez que habiendo transcurrido el plazo establecido
en el artículo
8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral, para que la inconforme interpusiera recurso alguno ante
la Instancia Federal, en contra del fallo emitido por éste Tribunal
con fecha uno de febrero de dos mil ocho; al respecto se acuerda: Téngase
el presente Juicio de Inconformidad como asunto totalmente concluido, en
consecuencia,
se ordena el archivo definitivo del presente expediente.- Notifíquese
y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Maestro Francisco
Javier García Rosado, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral
de Quintana Roo juntamente con la Magistrada Supernumeraria, quien
actúa
como Juez Instructor, Licenciada Martha Patricia Fernández, ante
el Secretario General de Acuerdos, Licenciado César Cervera Paniagua,
que autoriza y da fe.
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