Tribunal Electoral de Quintana Roo

Chetumal, Quintana Roo, a dos de junio del año dos mil ocho. VISTOS.- Los autos del expediente JDC/006/2008 y sus acumulados JDC/007/2008, JDC/008/2008, JDC/009/2008, JDC/010/2008 y JDC/011/2008, formados con motivo del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Quintanarroense, interpuesto por los Ciudadanos CELIA CAAMAL XICUM, CONSTANCIA CAAMAL ABAN, REMIGIO CAHUICH PERAZA, RAMON FERMAN CASTILLO, VENANCIO ISMAEL CHI BLANCO y ROSY MAGDALENA AK TUYUB, en el cual impugnan la Asamblea celebrada por el Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional en José María Morelos, Quintana Roo, el día veinte de abril de dos mil ocho a las diez horas, en la cual se eligió al Presidente de dicho comité; y toda vez que habiendo transcurrido el plazo establecido en el artículo 8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para que los inconformes interpusieran recurso alguno ante la Instancia Federal, en contra del fallo emitido por éste Tribunal con fecha catorce de mayo de dos mil ocho; al respecto se acuerda: Téngase el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Quintanarroense como asunto totalmente concluido, en consecuencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.- Notifíquese y Cúmplase.- Así lo proveyó y firma el Maestro Francisco Javier García Rosado, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Quintana Roo, ante el Secretario General de Acuerdos, Licenciado César Cervera Paniagua, que autoriza y da fe.- Conste.


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