El Pleno del TEQROO resuelve dos Procedimientos Especiales Sancionadores

Chetumal, Quintana Roo a 01 de julio de 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), en sesión pública no presencial resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores, identificados con las claves PES/043/2022 y PES/067/2022.

Respecto al PES/043/2022, este procedimiento lo interpuso el partido Movimiento Ciudadano y Claudia Guadalupe Ramos Ruiz en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Freyda Marybel Villegas Canché y el partido político Morena, por la supuesta divulgación de diversas publicaciones en las redes sociales de Facebook y Twitter, que supuestamente vulneran el interés superior de la niñez al aparecer menores de edad en ellas.

En este asunto, el Pleno, por unanimidad de votos declaró inexistentes las infracciones atribuidas a la parte denunciada, toda vez que, en autos existen elementos de prueba que demuestran la autorización de quienes ejercen la patria potestad y/o tutela de los menores de edad; asimismo se analizaron las constancias y autos que obran en el expediente, verificando que la documentación aportada por la ciudadana Andrea del Rosario González Loria, sí cumplió con los requisitos para difundir las imágenes de niñas, niños y adolescentes en la propaganda político–electoral, mensajes electorales, actos políticos, actos de precampaña o campaña y en cualquier medio de difusión cumpliendo con las formalidades de los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE).

En tanto que el PES/067/2022, fue promovido por el Partido Verde Ecologista de México en contra de Kira Iris San y los partidos Políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Confianza por Quintana Roo, por la supuesta vulneración del interés superior de la niñez, derivado de la difusión de imágenes en las redes sociales de Facebook, Instagram y Twitter, en las que aparecen menores de edad sin que se haya dado el consentimiento para el uso de su imagen.

Al respecto, el Pleno del TEQROO, por unanimidad de votos determinó declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados, toda vez, que cumplieron con todos los requisitos y documentación exigidos en los lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral, emitidos por el INE, ya que, del análisis de las constancias y autos que obran en el expediente, se verificó que la documentación aportada por la denunciada, sí cumplió con los requisitos para difundirlas.

Se anexa link de la sesión de Pleno: https://youtu.be/3ezkkmSbxm4

Y en estrados electrónicos se harán públicas las resoluciones aprobadas en la sesión de Pleno de hoy (01/07/2022) https://bit.ly/3IWSsYB